Congreso

Diputados aprueban nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, fortaleciendo la administración y disciplina interna

Esta adecuación legislativa es indispensable para que las nuevas estructuras y mecanismos previstos en la Constitución operen de manera eficaz y coordinada, asegurando que la justicia se administre con prontitud, imparcialidad y apego a derecho.

Con el objetivo de modernizar la estructura del Poder Judicial y garantizar una administración más eficiente, los diputados aprobaron la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de Tlaxcala.

La reforma redistribuye atribuciones de la presidencia del TSJE hacia el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial, buscando fortalecer la gobernabilidad y la transparencia dentro del poder judicial local.

El cambio otorga al Órgano de Administración Judicial, atribuciones clave como la elaboración del presupuesto anual, la organización de juzgados y la supervisión del funcionamiento del Poder Judicial, mientras que la presidencia del TSJE queda con funciones principalmente simbólicas.

Mientras que el Tribunal de Disciplina Judicial, evaluará y sancionará a jueces y magistrados, además de investigar posibles responsabilidades administrativas, lo que concentra aún más el control interno bajo criterios definidos por el nuevo órgano.

La reforma entrará en vigor tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado, antes del 1 de septiembre, fecha en la que asumirá la presidencia del TSJE la magistrada Fanny Amador, acortando el periodo de la presidenta saliente, Anel Bañuelos Meneses.

Resumen :

La reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, constituye una pieza clave para consolidar el nuevo modelo de justicia diseñado a partir de la reciente reforma Constitucional, así mismo, dota al Poder Judicial de las herramientas normativas necesarias para garantizar su correcto funcionamiento, asegurar la transparencia en la integración de sus órganos y fortalecer la confianza ciudadana en la impartición de justicia.

Por tal motivo, la actuación del Tribunal Superior de Justicia del Estado se reorienta hacia el ejercicio netamente de la función jurisdiccional, la representación y el funcionamiento interno de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado, en este sentido, la reforma plantea la extinción del Consejo de la Judicatura, se redistribuyen sus atribuciones entre los nuevos órganos que se crearon con la reforma a la Constitución Política del Estado (Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial).

El primero de ellos, el Órgano de Administración Judicial, que es dotado de atribuciones concernientes a la administración de los recursos financieros, materiales y humanos del Poder Judicial, con independencia técnica y de gestión, cuyo fin será la de velar por el buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad del Poder Judicial, además se reglamentar lo concerniente al ingreso, formación, permanencia y demás aspectos inherentes a las servidoras y los servidores públicos que pertenezcan al servicio de carrera judicial.

Por cuanto hace al Tribunal de Disciplina Judicial, tendrá facultades para investigar, substanciar y resolver sobre los procedimientos de responsabilidad administrativa de las personas que desempeñan funciones jurisdiccionales, además de la vigilancia, evaluación y seguimiento del desempeño de jueces y magistrados, para ello contara con el órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas, el cual conocerá la actuación que tendrá el personal judicial respecto a faltas graves y el Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, ambos funcionaran como auxiliares, con autonomía de gestión, a efecto de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del ejercicio de su competencia.

Esta adecuación legislativa es indispensable para que las nuevas estructuras y mecanismos previstos en la Constitución operen de manera eficaz y coordinada, asegurando que la justicia se administre con prontitud, imparcialidad y apego a derecho.