La presidenta del consejo general del ITE, Elizabeth Piedras Martínez, tomó la protesta de ley a Remigio Vélez Quiroz, como titular de la unidad técnica de lo contencioso electoral, y a Eloy Edmundo Hernández fierro, como titular del área técnica de consulta ciudadana.
El pleno del Consejo General guardó un minuto de silencio en memoria del Vocal Ejecutivo de Durango, Hugo García Cornejo, quien falleció en un accidente aéreo
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Los magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declararon parcialmente cumplida una sentencia emitida contra el ayuntamiento de Sanctórum de Lázaro Cárdenas, pero determinaron enviar a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) el caso de la emisión de cheques sin fondos por parte de la autoridad municipal a dos presidentes de comunidad de esa jurisdicción.
Los integrantes del ayuntamiento de Sanctórum cumplieron con revocar la decisión tomada en la novena sesión ordinaria de cabildo de 7 de junio de 2017, respecto de su determinación de sustituir a Juan Carlos Peña Zabala y Evaristo Ávila Hernández en sus funciones de presidentes de comunidad de Álvaro Obregón y Francisco Villa, respectivamente.
Sin embargo, respecto del pago ordenado con motivo de las retribuciones adeudadas por el ayuntamiento, no cumplieron con el pago de la totalidad de los montos establecidos. Lo anterior, en razón de que si bien el 12 de diciembre de 2017 los presidentes de comunidad comparecieron ante el TET a recoger 4 cheques consignados por las autoridades responsables, dos días después los impugnantes regresaron al órgano jurisdiccional local dos cheques con la certificación bancaria de devolución.
Consecuentemente, al discutir sobre el expediente TET-JDC-021/2017, los magistrados ordenaron al presidente, síndico, regidores y tesorera del ayuntamiento del municipio de Sanctórum de Lázaro Cárdenas, los magistrados resolvieron que ante el TET y dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación respectiva, realicen todos los actos pertinentes a pagar a los actores, apercibidos de que en caso de no cumplir en tiempo y forma se harán acreedores a una medida de apremio.
A más de lo anterior, en razón que de autos se advirtió la posible comisión de un ilícito penal derivado de la conducta de haber exhibido al TET cheques que no tuvieron fondos a la fecha de presentación para su cobro, los magistrados determinaron dar vista a la PGJE para que actúe conforme a sus facultades considere oportuno.
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